Por Eugenia Canesi, de la redacción de NOVA.
El fallo fue dictado por Horacio Nardo, Carmen Palacios y María Martiarena por el delito de “homicidio calificado por el vínculo” y por “ensañamiento”. De este modo el tribunal adhirió al alegato de la fiscal Helena de
El hecho ocurrió el día 10 de septiembre de 2009, cuando dos vecinos de Marcela Díaz se encontraban en una casa lindera y escucharon gritos de una niña que provenían del patio de la casa, en los que la menor repetía “No, mami”, “No, mami” y luego alaridos de la misma pidiendo ayuda. Al oír esto, los hombres saltaron el alambrado divisorio de los inmuebles y comenzaron a arrojar agua con un balde hacia el galpón. Uno de los vecinos ingresó en él y logró sacar a la niña en sus brazos, la subió a un móvil policial en el que la trasladaron al Hospital de Niños de
El hombre que rescató a la niña de las llamas recordó en su testimonio en el marco del juicio oral que la criatura lo impresionó por el estado en el que estaba, recordando que trató de abrazarla pero se le resbalaba y salía la piel, la cual incluso le cayó en su propia cara.
El otro vecino declaró que al llegar al fondo de su casa, llevado por los alaridos desgarradores de la nena y ver el incendio en el galponcito de al lado, observó que la madre no hacía nada, que estaba parada mirando. Dijo que recién al verlo dijo “ayudame” y se puso a hacer maniobras con una manguera-que no tenía presión- y no hacía nada más para apagar el fuego que consumía a su hija: se limitaba a mirar.
Refiriéndose a este momento, la acusada justificó ante el tribunal que “para qué iba a hacer algo ella, si ya lo estaban haciendo sus dos vecinos”. Según los testigos, Díaz no ayudó a que la nena pudiera ser llevada al hospital, no intentó abrir la puerta que se encontraba cerrada ni acompañó a su hija al nosocomio. Observaron todos los presentes que la madre estaba muy tranquila y calmada, sin ningún apuro ni signos de angustia ante la tremenda situación.
El oficial de servicio recordó que cuando Díaz fue a
Los peritos manifestaron en el juicio que no encontraron en la imputada síntomas de un cuadro psicopatológico y describieron en cambio que tenía un juicio crítico para discernir entre lo lícito y lo ilícito. “Considero que las pericias psiquiátricas, han acreditado que se trata de una persona perversa, que procura no sólo matar, sino provocar dolor en el otro como forma de represión”, sostuvo la fiscal en su alegato.
Una de las pruebas más contundentes contra la mujer, es que uno de los bomberos que acudió a trabajar al lugar para apagar las llamas dijo que en el lugar había bidones de nafta un poco chamuscados y que en el galpón no había electricidad ni gas. El testigo aseguró que ni el galpón ni la nena pudieron quemarse tanto en tan poco tiempo sin la ayuda de un combustible.
Esto contradijo en forma rotunda a la acusada, quien declaró ante la policía que el incendio debió producirse por un cortocircuito, explicando en el juicio que había un cable en el galpón. Finalmente al quedar expuesta la inexistencia del cableado expresó “Fue lo único que se me ocurrió, qué otra cosa iba a inventar”.
Todos los testimonios vertidos en el debate describen a Díaz como una madre abandónica, que no aceptaba un retraso mental que tenía su hija Nadia, a quien enviaba a mendigar, mantenía sucia, le pegaba si no le llevaba dinero, y la hacía dormir debajo de un camión.
Con esta sentencia a prisión perpetua se cierra una historia desgarradora del desamor de una madre, que es el peor sufrimiento al que fue sometida Nadia, más allá de las heridas provocadas por el fuego en su cuerpo. Según lo determinó la justicia, queda un capítulo para investigar, ya que Marcela Mariel Díaz perdió a un bebé de cuatro meses de vida en 2002, que murió asfixiado en dudosas circunstancias.