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Fundamental para salvar vidas

Presentan modificación de una Ordenanza para validar certificados de técnica RCP

El concejal del FpV, Pedro Borgini, presentó la modificación de tres artículos de una Ordenanza del año 1999.
El concejal del FpV, Pedro Borgini, presentó la modificación de tres artículos de una Ordenanza del año 1999.


El concejal del FpV, Pedro Borgini, presentó la modificación de tres artículos de una Ordenanza del año 1999, donde incorpora la validación de certificados de la técnica RCP (Reanimación Cardio Pulmonar) y su actualización obligatoria.

 

La idea central de la reforma, es requerir que el profesional con título de Profesor y/o Maestro de Educación Física; ya sea que trabaje en gimnasios, o en cualquier institución de práctica o enseñanza deportiva, valide anualmente su certificación, la que será expedida por la autoridad habilitante.

 

También estas personas deberán estar capacitadas técnicamente en forma continua y periódica en el uso del desfibrilador semi automático.

 

El RCP puede salvar una vida y es crucial cuando se está ante una persona inconsciente, que no respira. La muerte puede ocurrir en 8 ó 10 minutos y el cerebro sufrir daños irreversibles después de 4 a 6 minutos sin recibir oxígeno.

 

La mayoría de estos eventos se producen durante o inmediatamente después de haber realizado ejercicio no necesariamente riguroso.

 

 

Urbanismo

 

Además, Borgini presentó un proyecto urbanístico no vinculante para la ciudad, en el que se busca activar un concurso de ideas para continuar con la ampliación del modelo urbanístico y extenderlo a zonas que han crecido y no han sido planificadas.

 

Por lo tanto, deberán incluir la diagramación de plazas, diagonales y todo lo vinculado con una construcción urbana organizada, continuando con la estética del Casco Fundacional.

 

Para esta labor se llamará a la participación de la Universidad o bien diversas instituciones relacionadas a la arquitectura y el urbanismo.

 

El objetivo inicial es que el Departamento Ejecutivo motorice el instrumento legal pertinente a fin de proyectar a largo plazo el orden urbanístico para las zonas que van más allá de la avenida 1; 31; 32 y 72.

 



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